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La sombra de la violencia obstétrica: El oscuro camino para dar a luz

Cada año, más 500.000 de mujeres en Argentina se enfrentan a un momento de su vida que debería ser motivo de celebración: el nacimiento de un hijo. Sin embargo, para muchas, este momento se ve oscurecido por la sombra de la violencia obstétrica, una práctica que afecta a mujeres de todas las edades, razas y clases sociales.


La violencia obstétrica ha sido definida legalmente en Argentina como una de las modalidades que asume la violencia contra las mujeres, expresadas en tratos deshumanizados y exceso de intervencionismo médico sobre sus procesos reproductivos y sus cuerpos. De acuerdo con el último informe realizado por la Comisión Nacional Coordinadora de Acciones para la Elaboración de Sanciones de Violencia de Género (CONSAVIG), en el 2022 los tipos de violencia obstétrica que más se ejercieron fueron: trato deshumanizado en un 84,85%, no respeto de la decisión de la mujer en un 42,42%, falta de información en un 39,39%, y negar el ingreso del acompañante en un 36,36% respecto a la cantidad de denuncias que se realizaron ante esta entidad.

Si se comparan los datos anuales de la CONSAVIG de los últimos seis años (de 2017 a 2022) en los que hay información, se observa una constante en los tipos de violencia obstétrica ya que casi no varía con los datos mencionados anteriormente. El trato deshumanizado sigue siendo la principal causa de denuncia en todos los casos, representando el 81%, 88%, 100%, 80%, 75% y 54%, respectivamente. En el segundo lugar se ubican las denuncias que evidencian falta de información, 43%, 60%, 89%, 58%, 44% y 25%. En tercer lugar, el no respeto por la decisión de las mujeres y otras personas gestantes: 34%, 55%, 58%, 38%, 52% y 27% para el período mencionado.

Estas estadísticas no eximen al ámbito privado. De hecho, el 64% de las denuncias en la Ciudad de Buenos Aires corresponden a clínicas privadas. Entre todos los establecimientos de salud privados, CONSAVIG registró que las que más denuncias tienen son de la Clínica Bazterrica y el Sanatorio Mater Dei. "La violencia obstétrica no discrimina a clases sociales, como sociedad pensamos que el hecho de que una mujer esté tirada en el pasillo después de parir le sucede a una mujer de las clases populares en hospitales públicos, pero no es así", aseguró el jefe de la Asesoría de dicha entidad, Jorge Mosquera.

Hablar de violencia obstétrica no sólo supone reconocer situaciones de agresión al momento de parir o luego, sino también reclamar los derechos que son contemplados tanto en la Ley N° 26.485 de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, como así también, en la actual ley N° 25.929 de Parto Respetado, la cual promueve y defiende los derechos de la madre y su bebé durante el proceso del nacimiento. Sin embargo, tal como afirmó el jefe de la Asesoría Legal y Técnica de la Defensoría del Pueblo de la Nación, Mariano García Blanco, en Argentina "hoy en día no hay un parto respetado ni se cumple la ley de violencia obstétrica".

En los testimonios obtenidos se repiten las mismas secuencias: no permiten el ingreso del padre, las obligan a tener cesárea, no cumplen con el plan de parto estipulado previamente por la parturienta, el maltrato del obstetra y de las enfermeras antes, durante y luego del parto, y el mal manejo de las clínicas en el proceso posterior al parto como falta de camas, de habitaciones o interrupciones constantes por parte del personal de seguridad.

María Inés Scarzella, víctima en el Sanatorio Mater Dei, tuvo una cesárea programada sin recibir explicaciones, cuando ella desde el principio había expresado que si todo estaba en condiciones, quería tener parto natural. Una vez dentro de la sala, no dejaron ingresar al marido y cuando él logró ingresar, estaba "ya toda cortada". Además, parió a las nueve de la mañana y recién la llevaron a un cuarto en condiciones a las cinco de la tarde, de modo que la primera vez que amamantó fue en el pasillo de la clínica.

Carla Canosa, víctima en el Sanatorio Anchorena, recibió agresión verbal por parte de la partera ni bien ingresó al establecimiento, no le comunicaba lo que estaba ocurriendo, no respondía las preguntas que le hacía y desacreditaba lo que había aprendido en el curso de pre parto. Además, quiso inyectar sin su consentimiento oxitocina (medicamento para acelerar las contracciones) y cuando Carla le expresó que no quería, la partera le dijo que ella parto humanizado no hacía y cerró la puerta. En la sala de parto los malos tratos siguieron por parte de todo el personal médico, impidiendole parir sentada y diciendo frases tales como "haces todo mal".

En tanto, María Victoria Escobar, víctima en el Sanatorio Güemes, sufrió maltratos previo, durante y luego del parto. Parió en condiciones no recomendadas por la OMS, como el estar acostada y en un ambiente ruidoso con médicos "apurados" y que no le brindaron suficiente información. Además, su hija tuvo que quedarse en observación, pero no les permitieron verla ni a ella ni a su marido hasta dos horas después del parto. De modo que esa fue la primera vez que Maria vio a su hija y tuvo contacto con ella, durante las horas posteriores fueron interrumpidas cada media hora por parte del personal de seguridad en diversas ocasiones.

Agustina Petrella fue víctima en la Clínica Bazterrica, y no solo eso, sino que fue la primera mujer en la Argentina en ganar un juicio por violencia obstétrica. Parió sin tener a su marido en la sala ya que el personal de salud no lo dejaba ingresar. Tampoco se respetó el plan de parto que había presentado, y durante todo momento sufrió maltrato verbal por todo el personal.

Además de los testimonios directos de víctimas y denuncias que existen, el Observatorio de Violencia Obstétrica, en su último informe sobre secuelas de la violencia obstétrica que se realizó en abril de 2019 sobre una base de 1106 procesos obstétricos reportados, informó que el 85,4% no recibió información completa, adecuada, verdadera y oportuna sobre el proceso que se estaba atravesando y las intervenciones realizadas conforme a las leyes vigentes.

El derecho a recibir información adecuada, completa, verdadera y oportuna constituye el primer eslabón básico de la mujer en relación al efector de salud. Sin este requisito primordial, están siendo vulnerados sus derechos.

Un 24,5% afirmaron recibir algún tipo de conducta aleccionadora, entre las cuales un 11% amenazas de ser denunciadas, un 51% amenazas con no ser asistidas si no hacían caso, un 71% demoras en la atención como castigo, un 42% negativa a ser asistida y un 54% imposición de procedimientos innecesarios como castigo.

Las víctimas no solo son privadas de sus derechos básicos, sino que también son amenazadas durante y luego del parto. Violeta Osorio, activista del Observatorio de Violencia Obstétrica Argentina, afirmó en una entrevista que "hay casos donde la víctima denuncia haber sufrido violencia obstétrica y el médico la llama por teléfono para amenazarla con que va a denunciarla por daños y perjuicios. También sucedió que citaron a una víctima para hablar de su caso y se encontró con la partera que la insultó y le hizo pasar un momento de mucha vulnerabilidad emocional".

Cuando se encuesta sobre haber realizado la denuncia por hechos de violencia un 94,5% respondió que no lo hizo. Las razones fueron el desconocimiento en un 35,4% el sentir que no sirve para nada en un 23% miedo a represalias legales por parte de los/as profesionales involucrados/as en un 7%, no encontrarse en capacidad emocional y/o psicológica para atravesar el proceso de denuncia en un 23% y la falta de apoyo emocional en un 1,1%.

Las principales fallas de este sistema, de acuerdo a lo informado están vinculadas, por un lado, a la falta de información sobre el tema y, por otro lado, a la ineficiencia de los sistemas de recepción de quejas y denuncias para un accionar que repare a las víctimas.

En tal sentido, la siguiente tabla expresa las experiencias y sensaciones frente al proceso de queja administrativa por el incumplimiento de la ley 25.929.



El jefe de Asesoría Legal y Técnica de la Defensoría del Pueblo de la Nación afirmó que "el INADI no se encarga de estas cuestiones y la CONSAVIG no tramita quejas, sólo las escribe para luego presentar estadísticas. El único lugar en donde se da trámite a la queja es la Defensoría del Pueblo de la Nación. Nosotros lo que no tenemos es un poder coercitivo, sólo hacemos una recomendación ante la denuncia".

Entonces, con respecto al incumplimiento por parte de los servicios de salud y profesionales que incumplen con las disposiciones de la ley, la respuesta del Ministerio de Salud son capacitaciones y sensibilizaciones catalogadas como "Buenas Prácticas en la atención del Trabajo de Parto, Parto y Puerperio".

El Observatorio de Violencia Obstétrica Argentina realizó un pedido de información pública ante el Ministerio, en el que este responde "sin que dichas intervenciones impliquen acciones sancionatorias ni orientaciones con sentido punitivista (…) en cuyo caso la acción para perseguir al incumplidor está en cabeza del particular damnificado", y en el caso que lo haga "se inicia así un proceso de trabajo orientado a la capacitación y sensibilización de los equipos de Salud, no con un sentido punitivista ni sancionatorio, sino de revisión de las prácticas en función del cumplimiento de Derechos", derechos que no se respetan y que las sanciones ante estos hechos son inexistentes.

En este sentido, es contradictoria su interpretación de las disposiciones de la ley 25.929, especialmente el artículo 6, que establece que "El incumplimiento de las obligaciones emergentes de la presente ley, por parte de las obras sociales y entidades de medicina prepaga, como así también el incumplimiento por parte de los profesionales de la salud y sus colaboradores y de las instituciones en que éstos presten servicios, será considerado falta grave a los fines sancionatorios" dado que el artículo 5 establece que "la autoridad de aplicación de la presente ley es el Ministerio de Salud de la Nación".

A 17 años de la sanción de la ley 25.929 aún no es posible hablar de su correcta implementación, como agravante la falta de responsabilidad al momento de establecer criterios frente al incumplimiento. Si bien el Ministerio de Salud es el principal responsable, también lo es la propia corporación médica. Mosquer sostuvo que "hay que tener en cuenta que quienes son autoridades de los Ministerios de Salud también pertenecen al sistema médico hegemónico".

Tanto el Ministerio como el sistema médico tienen la capacidad y la responsabilidad legal de enfrentar la violencia obstétrica, el problema es que, tal como expresó Mosquera, "hay un negocio de la medicina integrado por profesionales y autoridades que, si bien discursivamente coinciden en la necesidad y promueven políticas preventivas, cuando llega el momento de tener que decidir algún tipo de sanción, juegan un papel corporativo", por otro lado, "se cubren y se tiran la pelota entre el personal de salud, la administración de los establecimientos y el ministerio", tal como afirma García Blanco.

Según el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, la violencia obstétrica constituye una de las tantas formas de violencia y discriminación que sufren a diario las mujeres y, quizás, una de las más naturalizadas, a tal punto que las mismas victimas no siempre la reconocen como tal, o toman conciencia mucho tiempo después.

Teniendo en cuenta esto, el jefe de asesores de la CONSAVIG, afirmó que en muchas ocasiones las mujeres no denuncian porque no saben que lo que vivieron fue un hecho de violencia obstétrica, tal como lo demuestra el informe realizado por dicha entidad. En un momento tan vulnerable para las víctimas, los hechos de violencia psicológica, la manipulación en el momento y luego del parto y la falta de difusión de información que hay sobre el tema, vuelve muy difícil el reconocer haber sufrido de este tipo de violencia, y aún más, enfrentar el proceso de denuncia.


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